Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Al cometer el homicidio, el acusado obró con ventaja y con alevosía, si era superior en fuerza física a la ofendida y ésta no se encontraba armada, y por lo mismo no corrió ningún peligro de ser muerto o herido por ella, a quien sorprendió intencionalmente y de improviso, no dándole lugar a defenderse ni a evitar el daño que le iba hacer.
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Registro digital (IUS): 804359
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 8
Amparo penal directo 1571/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 1o. de julio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Agustín Mercado Alarcón.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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