Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Los conceptos de violación al procedimiento deben desecharse si el quejoso no preparó la interpretación del amparo, dándose cumplimiento a lo prevenido en el artículo 161 de la ley de la materia.
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Registro digital (IUS): 804412
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 245
Amparo penal directo 3420/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no menciona el nombre del promovente. 8 de julio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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