PENALES

Artículo IUS 804412. PROCEDIMIENTO PENAL, VIOLACIONES AL.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PROCEDIMIENTO PENAL, VIOLACIONES AL.

Los conceptos de violación al procedimiento deben desecharse si el quejoso no preparó la interpretación del amparo, dándose cumplimiento a lo prevenido en el artículo 161 de la ley de la materia.

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Registro digital (IUS): 804412

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 245

Precedentes

Amparo penal directo 3420/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no menciona el nombre del promovente. 8 de julio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804412 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804412 de la J. Penales SCJN?

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