Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Para que exista la ventaja no solamente es necesario que la víctima esté desarmada, sino que el reo lo haya sabido; y al intervenir el ofendido en la riña que había entre un tercero y el acusado, éste no podría saber con qué intención lo hacía.
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Registro digital (IUS): 804452
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 363
Amparo penal directo 9547/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de julio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Relator: Luis Chico Goerne.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 804451. PREMEDITACION, CALIFICATIVA DE.
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Art. IUS 804453. VENTAJA, CALIFICATIVA DE.
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