PENALES

Artículo IUS 804581. TESTIGOS, RETRACTACION DE LOS, EN MATERIA PENAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

TESTIGOS, RETRACTACION DE LOS, EN MATERIA PENAL.

Aun cuando algunos de los sujetos procesales hayan modificado su relato, tal circunstancia no es óbice ni desvirtúa su eficacia probatoria, si al hacerlo no estuvieron determinados ni por el resentimiento en su carácter de víctimas, ni los inspiró el propósito de causar daño al quejoso; y al conceder valor probatorio a la primera manifestación de dichos testigos, el juzgador acató las reglas que rigen la apreciación de este medio de prueba.

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Registro digital (IUS): 804581

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 955

Precedentes

Amparo penal directo 3872/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804581 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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