PENALES

Artículo IUS 804918. PARTICIPACION DELICTIVA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PARTICIPACION DELICTIVA.

Si los imputados indujeron a un tercero a consumar el ilícito de robo, son responsables tanto éste como aquéllos, ya que es bien sabido que siempre es punible el que ha puesto con su conducta una condición del resultado antijurídico.

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Registro digital (IUS): 804918

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2606

Precedentes

Amparo penal directo 7238/47. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 22 de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804918 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804918 de la J. Penales SCJN?

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