PENALES

Artículo IUS 804965. TESTIGOS EN MATERIA PENAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

TESTIGOS EN MATERIA PENAL.

El valor del testigo depende de la coincidencia entre su narración y aquel aspecto de la realidad que ha percibido, pues a menos que su versión no se halle viciada por una sensibilidad deficiente por falta de atención o porque del evento, teniendo un desarrollo rápido, pudo habérsele escapado una circunstancia total, o porque inspirado por el interés de servir al imputado, calla las circunstancias del acontecimiento realmente percibidas, narrando otras que pudieran mejorar la situación jurídica del quejoso, es digno de credibilidad.

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Registro digital (IUS): 804965

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 1529

Precedentes

Amparo penal directo 2561/47. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 29 de junio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804965 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804965 de la J. Penales SCJN?

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