Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
La autoridad responsable puede hacer la declaratoria de certeza del tipo antijurídico de lesiones y la culpabilidad del agente en su perpetración, por haberse acreditado la causación material de resultado lesivo de la integridad corporal del ahora quejoso, sin que ocurriese lo mismo tratándose de la pretensión contingente del resarcimiento del daño proveniente del delito, si durante la substanciación del proceso, la parte lesa no pudo probar el daño sufrido, no obstante haberlo intentado.
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Registro digital (IUS): 804975
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2759
Amparo penal directo 2750/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 6 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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