Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
No se justifica el cuerpo del delito de desobediencia y resistencia de particulares que define el artículo 180 del Código Penal del Distrito Federal, si no se trataba de aprehender al acusado en flagrante delito, cuando opuso resistencia a la policía.
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Registro digital (IUS): 805031
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2909
Amparo penal directo 5024/48. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 4 de septiembre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis Chico Goerne.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 805028. REPARACION DEL DAÑO (LESIONES).
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Art. IUS 805033. REPARACION DEL DAÑO, MONTO DE LA.
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