PENALES

Artículo IUS 805077. RESPONSABILIDAD DEL REO (PARTICIPACION).

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

RESPONSABILIDAD DEL REO (PARTICIPACION).

Si no aparece demostrado, en forma indubitable, que el acusado hubiere sido uno de los que formaron parte del grupo de personas que se introdujeron en la casa del hoy occiso, y sí que otra persona fue la única que asestó dos golpes a dicho occiso, ni está probado que entre los atacantes hubiera existido concierto previo o posterior para la ejecución del ilícito, y sobre todo, que el quejoso hubiera auxiliado en su ejecución, en ausencia de probanzas acerca de esos particulares, la jurisdicción sentenciadora no estuvo en la posibilidad legal de establecer su culpabilidad.

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Registro digital (IUS): 805077

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 3086

Precedentes

Amparo penal directo 5740/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 22 de octubre de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Relator: José Ma. Ortiz Tirado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 805077 del PENALES?

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