Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Lo furtivo del acto cometido por el agente del delito, debe entenderse en relación con quien tenía la posesión del inmueble.
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Registro digital (IUS): 805336
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 1049
Amparo penal directo 3854/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 30 de marzo de 1953. Mayoría de tres votos. Disidentes: Olea y Leyva y Castro Estrada. Relator: Luis G. Corona.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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