PENALES

Artículo IUS 805927. ASEGURAMIENTO DEL OBJETO DEL DELITO (AUTO DE FORMAL PRISION).

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ASEGURAMIENTO DEL OBJETO DEL DELITO (AUTO DE FORMAL PRISION).

De la aprehensión del reo tiene que ocuparse únicamente el auto de formal prisión, relacionándola con los datos que proporciona la averiguación, a fin de determinar si el procesado continúa o no, sujeto a un procedimiento penal. Pero del aseguramiento de los valores que se señalaban como materia del delito, no tiene que ocuparse del auto de formal prisión, sino que tiene que ser objeto de acciones que, ya sea el Ministerio Público, o, en su caso, el acusado, tienen que ejercitar, a fin de que se investigue a quién corresponde la propiedad y posesión de esos valores.

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Registro digital (IUS): 805927

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 1970

Precedentes

Queja en amparo penal 360/48. Güereña Almada Ignacio. 6 de septiembre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 805927 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 805927 de la J. Penales SCJN?

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