Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
La gestión para que el Juez del proceso verifique, mediante prueba pericial, el monto de lo robado, a fin de determinar si la pena correspondiente autorizaría, en su caso, el otorgamiento de la libertad caucional, incumbe al interesado, y tal cuestión sólo puede ser objeto de estudio en el amparo, si el Juez se negare a ello, y no hubiere medios ordinarios para remover ese obstáculo.
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Registro digital (IUS): 805946
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 557
Amparo penal en revisión 547/46. Martínez Andrés Isidoro. 21 de abril de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 805938. VIOLACION, DELITO DE (LEGISLACION DE NAYARIT).
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