PENALES

Artículo IUS 806187. SECRETARIA DE SALUBRIDAD Y ASISTENCIA, INTERVENCION DE LA, EN LA INTERNACION DE TOXICOMANOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

SECRETARIA DE SALUBRIDAD Y ASISTENCIA, INTERVENCION DE LA, EN LA INTERNACION DE TOXICOMANOS.

Aunque en el informe justificado el secretario de Salubridad y Asistencia se niegue el acto reclamado, consistente en el traslado del quejoso a las Islas Marías, si del informe justificado del secretario de Gobernación, también señalado como responsable, se transcribe el acuerdo de aquella dependencia, que lo autoriza a fin de que se incluya en las listas de las personas que irán al penal de las Islas Marías a ciertos individuos, identificados como enfermos toxicómanos, entre ellos el quejoso, no puede admitirse que no haya quedado probado el acto que se reclama de dicha Secretaría de Salubridad y Asistencia Pública.

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Registro digital (IUS): 806187

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2042

Precedentes

Amparo penal en revisión 6670/47. Patiño Alvarez Juan. 25 de junio de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806187 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806187 de la J. Penales SCJN?

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