PENALES

Artículo IUS 806230. TESTIGOS EN EL PROCESO.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

TESTIGOS EN EL PROCESO.

Aunque los testigos que suscribieron el acta que sirvió de base al procedimiento, puedan tener algún interés en el negocio de carácter civil en que se ordenó la práctica del embargo, que dio origen al delito cometido, ese interés no los inhabilita para testificar sobre hechos que deben considerarse ajenos a la controversia de carácter civil en la que figuran como partes interesadas; y si la relación que pudiera haber entre los actos civiles y los de orden penal que tuvieron lugar, puede debilitar el valor probatorio que corresponde a las declaraciones de esos testigos, no basta, sin embargo, para nulificarlo, si no hay en el proceso elemento alguno que venga a contradecir esas declaraciones.

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Registro digital (IUS): 806230

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2197

Precedentes

Amparo penal directo 3500/47. Meza Jorge Román. 30 de junio de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806230 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806230 de la J. Penales SCJN?

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