PENALES

Artículo IUS 806386. MINISTERIO PUBLICO, CITACIONES PARA COMPARECER ANTE EL.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

MINISTERIO PUBLICO, CITACIONES PARA COMPARECER ANTE EL.

Es incuestionable que todos los ciudadanos de la República, están en la obligación de auxiliar a la administración de justicia en la investigación de los hechos que lleven a cabo, tanto el Ministerio Público como el Juez, pero si se ignora cuál es el objeto de la cita que le hace el procurador de justicia de un Estado, al quejoso, es claro que no se afecta el orden público ni se violan disposiciones de este carácter, si se concede la suspensión, para el efecto de que no se obligue al quejoso a comparecer ante el procurador, toda vez que habiendo agente subalterno del Ministerio Público en el lugar de su residencia, a él puede encomendársele la práctica de la diligencia para que fue citado.

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Registro digital (IUS): 806386

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2924

Precedentes

Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 1039/47. Palma Aurelio. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806386 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806386 de la J. Penales SCJN?

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