Tesis aislada · Sexta Época · Pleno
La Suprema Corte ha resuelto ya que el fuero federal es atractivo, por lo que en caso de que el Juez Federal sea competente para conocer de uno de los delitos cometidos en un solo hecho -daño en propiedad de la nación-, tiene que ser competente para conocer de los otros delitos, pues de lo contrario se dividiría la continencia de la causa, dado que esos delitos fueron cometidos en un solo acto, y si además quedó comprobado que el acusado es trabajador de una secretaría de Estado, y al cometerse el acto delictuoso iba en el desempeño de su cargo.
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Registro digital (IUS): 806568
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXIII, Primera Parte; Pág. 59
Competencia 124/58. Suscitada entre Juez de Distrito del Territorio de la Baja California, con residencia en la Paz y el Juez Mixto de Primera Instancia de la Paz, Baja California. 29 de marzo de 1960. Mayoría de quince votos. Disidentes: Manuel Rivera Silva y José López Lira. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. VI.1o.P.21 P (10a.). ACTOS CONSUMADOS IRREPARABLEMENTE. NO SE ACTUALIZA DICHA CAUSA DE IMPROCEDENCIA, PREVISTA EN EL ARTÍCULO 61, FRACCIÓN XVI, DE LA LEY DE AMPARO, CUANDO EL ACTO RECLAMADO ES EL AUTO DEL MINISTERIO PÚBLICO QUE DETERMINA LA DETENCIÓN DEL INDICIADO, Y DURANTE LA AVERIGUACIÓN PREVIA LE CONCEDE LA LIBERTAD PROVISIONAL BAJO CAUCIÓN.
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Art. XXVII.3o.2 P (10a.). DEMANDA DE AMPARO CONTRA EL AUTO DE FORMAL PRISIÓN. SI LA NOTIFICACIÓN DE ÉSTE AL INCULPADO Y A SU DEFENSOR SE LLEVÓ A CABO EN DIVERSAS FECHAS, A FIN DE GARANTIZAR LA PROTECCIÓN MÁS AMPLIA Y POSIBILITAR UN INTEGRAL ACCESO A LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL, EL PLAZO DE QUINCE DÍAS PARA SU PRESENTACIÓN, DEBE COMPUTARSE A PARTIR DE QUE SE PRACTICÓ LA ÚLTIMA.
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