Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si el reo se propuso robar en una casa, sin saber que lo que resultó robado pertenecía a varios dueños, la unidad de intención justifica que se tome como base de la pena el monto de lo robado en total, independientemente del número de dueños, con tanta mayor justificación, si se trata de un sólo acto ejecutado por varias personas que admitieron haber formado un todo en acción y más tarde en productos para repartirse éstos, ya que el artículo 14 del Código Penal manda que los ejecutores conjuntos sean responsables aun de delitos distintos del principal cometidos por alguno o algunos de ellos, en las circunstancias que el mismo especifica.
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Registro digital (IUS): 806590
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 937
Amparo penal directo 3979/45. Sierra Almeida Francisco. 24 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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