Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Como una declaración de oídas no puede tener más valor que el de una presunción leve, resulta inconcuso que con ella no se satisfacen las requisitos del artículo 19 constitucional, para motivar la formal prisión del acusado, por no existir elementos bastantes que hagan probable su responsabilidad.
---
Registro digital (IUS): 806586
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 676
Amparo penal en revisión 517/46. González Zapotitla Guadalupe. 11 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo