Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Se demuestran plenamente los malos antecedentes del reo, con la hoja del laboratorio de criminalística e identificación de la jefatura de policía y ficha signalética, que acusan ingresos de dicho reo por diversos delitos, ingresos que éste reconoció haber tenido, aunque no haber sido condenado en todos ellos, y si por otra parte dicho reo, aunque manifestó en una ocasión dedicarse a un oficio y en la demanda de amparo dedicarse a otro, ni de una ni de otra cosa hizo la debida comprobación, se encuentran plenamente demostrados los extremos que el artículo 255 del Código Penal exige para la demostración del cuerpo del delito y de la responsabilidad penal.
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Registro digital (IUS): 806678
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2309
Amparo penal directo 5843/45. Cortés Camargo Luis. 14 de junio de 1946. Mayoría de tres votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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