Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Las declaraciones de los testigos de descargo no pueden estimarse imparciales, si éstos son compañeros de trabajo del reo y tuvieron tiempo bastante para ponerse de acuerdo con él y entre ellos mismos.
---
Registro digital (IUS): 806701
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2428
Amparo penal directo 2263/45. Martínez Rojas Librado. 17 de junio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 806693. VIA PENAL, IMPROCEDENCIA DE LA (COMPRAVENTA).
Siguiente
Art. IUS 806704. IMPRUDENCIA, GRAVEDAD DE LA.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo