Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si las declaraciones de testigos médicos no se recibieron de acuerdo con las disposiciones legales que rigen la prueba pericial, resulta claro que, por su naturaleza, no son idóneas para desvirtuar el certificado de autopsia, expedido por los médicos legistas.
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Registro digital (IUS): 806723
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2625
Amparo penal directo 7459/45. Puente Téllez Andrés. 21 de junio de 1946. Mayoría de tres votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. Disidente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 806710. VIOLACION, DELITO DE (LEGISLACION DE CAMPECHE).
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Art. IUS 806724. RETRACTACION DEL REO.
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