Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si se hace valer la legítima defensa en favor del reo, implícitamente se admite el hecho que trata de legitimarse a través de la eximente mencionada, descartándose la posibilidad de la duda sobre su responsabilidad.
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Registro digital (IUS): 806935
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2553
Amparo penal directo 8398/43. Ortiz Rubio Fernando. 23 de junio de 1945. Mayoría de tres votos. Excusa: José Rebolledo. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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