Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
La circunstancia de que el reo no tenga el carácter de empleado público, no lo exime de responsabilidad en la ejecución del delito de peculado, pues si ha contribuido a la realización del mismo, en alguna forma, tal conducta lo indicia como coautor, aun cuando sea ajeno al servicio público desempeñado por el autor material de la infracción.
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Registro digital (IUS): 807384
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3611
Amparo penal en revisión 9705/44. Rodríguez Dámaso. 7 de marzo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 807383. PENA, FIJACION DE LA, CUANDO SOLO EXISTEN ATENUANTES.
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