PENALES

Artículo IUS 807586. NOTIFICACIONES A LOS DEFENSORES, EFECTOS DE LAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

NOTIFICACIONES A LOS DEFENSORES, EFECTOS DE LAS.

Las notificaciones hechas solamente al defensor, en asunto directamente con la persona o con los interesados de su patrocinado, no surten, con respecto a éste, efectos legales, pues que la personalidad del defensor sólo puede ser considerada para hacer valer los derechos del procesado y no para comprometerlo, u obligarlo.

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Registro digital (IUS): 807586

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2624

Precedentes

Amparo penal en revisión 9090/48. Margarito Mora Figueroa. 15 de noviembre de 1959. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del Ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807586 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807586 de la J. Penales SCJN?

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