PENALES

Artículo IUS 807614. MINISTERIO PUBLICO, DILIGENCIAS Y DETERMINACIONES DEL.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

MINISTERIO PUBLICO, DILIGENCIAS Y DETERMINACIONES DEL.

Si en las diligencias practicadas por el agente del Ministerio Público, aunque se dice que estuvo asistido de dos testigos, en el acta relativa, no aparece la firma de tales testigos y éstos al ser examinados sobre el particular, negaron haber concurrido a la diligencia, es claro que se practicó en forma contraria a la prevista por el artículo 63 de la Ley Orgánica del Ministerio Público quedando viciada de nulidad; las determinaciones del Ministerio Público que no tienen el carácter de diligencias, no requieren la concurrencia de los testigos de asistencia para su validez, en los términos del mismo artículo 63 ya citado.

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Registro digital (IUS): 807614

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2727

Precedentes

Amparo penal directo 7736/44. Sosa López Alberto. 24 de junio de 1946. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807614 del PENALES?

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