Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Estas calificativas no son meramente personales para los autores materiales, sino para todas aquellas personas que en cualquier grado toman participación en los delitos lesivos de una persona física, lo cual está corroborado por el artículo 54 del Código Penal para el Distrito Federal, que ordena que las circunstancias calificativas o modificadas de la sanción penal que tienen relación con el hecho u omisión sancionadas, aprovechan o perjudican a todos los que intervengan, en cualquier grado, en la comisión de un delito.
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Registro digital (IUS): 807724
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1377
Amparo penal directo 2724/40. Pineda Escobar Apolinar. 21 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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