PENALES

Artículo IUS 809319. REPARACION DEL DAÑO.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

REPARACION DEL DAÑO.

Por la estructura del Código Penal vigente en el Distrito Federal, la reparación del daño debe considerarse como una pena pública, con carácter general y no de excepción.

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Registro digital (IUS): 809319

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2197

Precedentes

Amparo penal directo 2257/33. Ríos Torres Enrique. 8 de marzo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809319 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809319 de la J. Penales SCJN?

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