Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Como el decreto de 15 de diciembre de 1903, que reformó el artículo 376 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, sólo pudo estatuir para los mismos Distrito y Territorios, es evidente que la reforma no comprende los caso en que el robo se comete en otras jurisdicciones, y en que, por tratarse de delitos federales, debe aplicarse el código citado.
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Registro digital (IUS): 809937
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 218
Amparo penal directo 493/21. Macías Alejandro. 19 de enero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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