Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Es improcedente contra las resoluciones de carácter penal, por más que en ellas deban de tomarse en cuenta las disposiciones del Código de Comercio, sólo para fijar el hecho materia de la averiguación.
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Registro digital (IUS): 810690
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 133
Denegada súplica. Córdoba Gonzalo. 15 de enero de 1920. Mayoría de diez votos. Disidente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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