Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
La defensa tiene derecho para combatir la redacción del interrogatorio, y si el asesor resuelve que no es de modificarse, también lo tiene para que de ese incidente se ponga constancia en el acta, a fin de hacerlo valer en la segunda instancia.
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Registro digital (IUS): 811034
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 773
Amparo penal directo. Pérez Tiburcio. 26 de agosto de 1920. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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