Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Está investido de poder discrecional para la dirección de los debates durante la audiencia, y en todo lo que la ley no prescriba o prohiba expresamente, tiene facultad de hacer cuanto estime necesario para el esclarecimiento de los hechos.
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Registro digital (IUS): 811074
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 74
Amparo penal directo ante la Suprema Corte. Rivera G. Antonio. 25 de agosto de 1917. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 811071. PRISION PREVENTIVA.
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