Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
No cabe el amparo contra sus actos, cuando éstos se ejecutan con carácter de parte en el proceso.
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Registro digital (IUS): 811355
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo V; Pág. 929
Amparo penal en revisión. Cosme Miguel. 17 de diciembre de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Benito Flores y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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