Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
La relativa a los que contengan ataques a la vida privada, a la moral o a la paz pública, debe limitarse al número en que tales ataques existan, sin extenderla a la apariencia de números sucesivos, en tanto que no insistan en la misma infracción.
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Registro digital (IUS): 811367
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 473
Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Cisneros Peña Arturo. 18 de octubre de 1917. Mayoría de diez votos. Disidente: Agustín de Valle. La publicación no menciona el ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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