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Artículo IUS 811444. SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO, TRATANDOSE DE LA GARANTIA DE LA LIBERTAD INDIVIDUAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO, TRATANDOSE DE LA GARANTIA DE LA LIBERTAD INDIVIDUAL.

Sus efectos son que el quejoso quede a disposición del Juez de Distrito respectivo, quien debe dictar las medidas necesarias, con entero apego a las leyes, para el aseguramiento de aquél, a fin de que, en caso de ser negado el amparo, pueda quedar nuevamente a disposición de la autoridad que debe juzgarlo.

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Registro digital (IUS): 811444

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 67

Precedentes

Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. García Enrique. 5 de enero de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811444 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811444 de la J. Penales SCJN?

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