Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
No son de difícil reparación los que se causen al quejoso por el hecho de ser aprehendido, cuando tiene expedito su derecho para ser puesto en libertad, bajo caución inmediatamente que lo solicite.
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Registro digital (IUS): 811486
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 836
Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Silva Francisco B. 16 de agosto de 1917. Mayoría de ocho votos. Disidentes: José María Truchuelo, Alberto M. González y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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