PENALES

Artículo IUS 811581. ROBO A BORDO DE LOS FERROCARRILES.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

ROBO A BORDO DE LOS FERROCARRILES.

Vulnera la explotación de las vías férreas, entorpece su libre funcionamiento, estorba la percepción de las utilidades y destruye la seguridad que debe existir en los transportes, cuando es cometido por empleados de los mismos ferrocarriles; y el perjuicio que causa lo resiste el Gobierno Federal, cuando administra los ferrocarriles, por la obligación de indemnizar a los particulares afectados por el robo.

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Registro digital (IUS): 811581

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 588

Precedentes

Competencia. Suscitada entre el Juez de Distrito del Estado de Coahuila y el de Primera Instancia del ramo penal, de Saltillo. 19 de febrero de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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