PENALES

Artículo IUS 811669. PROCESOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

PROCESOS.

Deben instruirse por el Juez del lugar en que se cometan los delitos que los motiven.

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Registro digital (IUS): 811669

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1330

Precedentes

Competencia. Suscitada entre los Jueces, Segundo de Distrito, del Distrito Federal, y de Distrito, del Estado de Guerrero. 2 de mayo de 1918. Mayoría de seis votos. Disidentes: Alberto M. González, Enrique García Parra, Enrique Moreno, Victoriano Pimentel y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811669 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811669 de la J. Penales SCJN?

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