Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
La sentencia que declara prescripta la acción penal o que no hay delito que perseguir, no es sentencia definitiva para los efectos del amparo.
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Registro digital (IUS): 811736
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1627
Amparo penal directo ante la Suprema Corte. Ibave Genoveva, sucesión de. 26 de junio de 1918. Mayoría de siete votos. Ausentes: Enrique García Parra y Enrique Moreno. Disidentes: Agustín de Valle y Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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