Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Las atribuciones de la Suprema Corte para dictar medidas tendentes a que la administración de justicia sea expedita, pronta y cumplida, en los tribunales de la Federación, no la autorizan para intervenir en los proceso del orden penal que se sigan en los Juzgados de Distrito.
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Registro digital (IUS): 811750
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 936
Queja en amparo penal. Alvear Fernando. 26 de septiembre de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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