PENALES

Artículo IUS 811761. ORDEN DE APREHENSION.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

ORDEN DE APREHENSION.

Para dictarla, es preciso que se compruebe la existencia de un hecho delictuoso y que se llenen, además, las condiciones prescritas por el artículo 16 constitucional.

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Registro digital (IUS): 811761

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 60

Precedentes

Amparo penal en revisión. Ramírez Jesús y coagraviado. 3 de julio de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811761 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811761 de la J. Penales SCJN?

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