PENALES

Artículo IUS 811768. ORDEN DE APREHENSION.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladaquinta-Épocapenal

Texto Legal

ORDEN DE APREHENSION.

No hay ley que prohiba dictarla y repetirla cada vez que haya méritos para hacerlo, mientras esté abierta una averiguación, una vez llenados los requisitos necesarios; sin que sean obstáculo para ello los autos de libertad dictados antes.

---

Registro digital (IUS): 811768

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 83

Precedentes

Amparo penal en revisión. Olvera José C. 5 de julio de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811768 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811768 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 811768 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 811768 PENALES desde tu celular