PENALES

Artículo IUS 811840. EXTRADICION DE REOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

EXTRADICION DE REOS.

La que se pide por la autoridad de un Estado, a la de otro, debe motivarse dentro del término de un mes, a contar de la captura del reo. La detención que pasa de ese tiempo, sin remitir al reo a la autoridad requirente, es violatoria del artículo 119 de la Constitución.

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Registro digital (IUS): 811840

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo III; Pág. 664

Precedentes

Amparo mixto en revisión. Adame Antonio. 6 de septiembre de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 811840 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 811840 de la J. Penales SCJN?

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