PENALES

Artículo 10 . DELITO DE LESIONES. PARA SU COMPROBACION NO ES INDISPENSABLE LA EXISTENCIA DEL CERTIFICADO MEDICO (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN).

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

DELITO DE LESIONES. PARA SU COMPROBACION NO ES INDISPENSABLE LA EXISTENCIA DEL CERTIFICADO MEDICO (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN).

La circunstancia de en autos no obre certificado médico legal en lesiones, no es óbice para que se determine comprobada la existencia del delito, porque en autos obran otros elementos de convicción, y principalmente con la confesión del inculpado de que golpeó al pasivo del delito en la frente, es factible llegar al pleno convencimiento de la existencia de la infracción penal, misma que se clasificó en la fracción I del artículo 270 del ordenamiento sustantivo de la materia, pues primordialmente debe decirse que en tratándose del ilícito en comento, no es indispensable la existencia del certificado de lesiones, sino que es suficiente para acreditar su existencia la fe ministerial y la confesión del inculpado, por cuanto que el artículo 86 del código procesal penal del Estado de Michoacán, señala que se tendrá por comprobada la materialidad de los ilícitos cuando se justifiquen los elementos constitutivos del tipo penal, por cualesquier medio probatorio que señale la ley y no esté reprobado por ésta.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 812085

Clave: 10

Fuente: Informes

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Informes; Informe 1988, Parte III; Pág. 928

Precedentes

Amparo directo 507/88. Ramiro Romero Betancourt. 18 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretaria: Libertad Rodríguez Verduzco.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 10 del PENALES?

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 10 de la J. Penales SCJN?

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