PENALES

Artículo IUS 812223. COSA MUEBLE. INTERPRETACION DEL ARTICULO 4o. DE LA LEY SOBRE PROTECCION Y CONSERVACION DE MONUMENTOS ARQUEOLOGICOS E HISTORICOS, POBLACIONES TIPICAS Y LUGARES DE BELLEZA NATURAL.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

COSA MUEBLE. INTERPRETACION DEL ARTICULO 4o. DE LA LEY SOBRE PROTECCION Y CONSERVACION DE MONUMENTOS ARQUEOLOGICOS E HISTORICOS, POBLACIONES TIPICAS Y LUGARES DE BELLEZA NATURAL.

Si bien es cierto que el artículo 4o. de la Ley sobre Protección y Conservación de Monumentos Arqueológicos e Históricos, Poblaciones Típicas y Lugares de Belleza Natural vigente, considera como inmuebles a los objetos que se encuentran en los monumentos arqueológicos, también lo es que tal ficción no es razón bastante para no estimar comprobada la existencia del delito de robo, toda vez que en materia penal debe atenderse fundamentalmente a la realidad de los fenómenos y acciones humanas para catalogar la naturaleza mueble o inmueble de una cosa.

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Registro digital (IUS): 812223

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1968; Pág. 34

Precedentes

Amparo directo 9154/67. Espiridión Pat Quetz. 27 de junio de 1968. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 812223 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 812223 de la J. Penales SCJN?

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