PENALES

Artículo IUS 812508. RIÑA, INEXISTENCIA DE LA.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

RIÑA, INEXISTENCIA DE LA.

Aun cuando aparezca comprobado que entre el ofendido y el quejoso hubo contienda de obra, si ésta cesó por la intervención de terceros, el homicidio cometido con posterioridad, no puede conceptuarse dentro de la modificativa de riña.

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Registro digital (IUS): 812508

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1963; Pág. 77

Precedentes

Amparo directo 5263/54. Jesús Malváez Valencia. 21 de agosto de 1963. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela. Secretario: Salvador Ramos Sosa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 812508 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 812508 de la J. Penales SCJN?

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