PENALES

Artículo IUS 812735. TELEFONOS DE MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA. DELITO PERPETRADO EN SU AGRAVIO.

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

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Texto Legal

TELEFONOS DE MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA. DELITO PERPETRADO EN SU AGRAVIO.

Conforme al artículo 5o. de la Ley de Vías Generales de Comunicación, corresponde a los tribunales federales conocer de todas las controversias del orden civil en que fuere parte actora, demandada o tercera opositora, una empresa de vías generales de comunicación, así como de los delitos contra la seguridad o integridad de las obras, o contra la explotación de las vías, y los que se intenten o consumen con motivo del funcionamiento de sus servicios, o en menoscabo de los derechos o bienes muebles o inmuebles propiedad de las empresas que estén bajo su responsabilidad. En la especie, el proceso que se sigue en contra de Juan Solórzano Gutiérrez por la tentativa de robo en perjuicio de dicha empresa, que está encargada de prestar el servicio telefónico y cuyas líneas, obras, construcciones y demás dependencias y accesorios constituyen una vía general de comunicación, en los términos de los artículos 1o., fracción IX, y 2o., de la Ley de la materia, corresponde su conocimiento a los tribunales judiciales federales, de conformidad, además, con lo estatuído en el artículo 41, fracción I, incisos a), e i), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

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Registro digital (IUS): 812735

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; Informes; Informe 1959; Pág. 157

Precedentes

Competencia 120/48. Suscitada entre los Jueces de Distrito en el Estado de México y Mixto de Primera Instancia en Cuautitlán, México. 25 de febrero de 1959. Mayoría de trece votos de los señores Ministros Felipe Tena Ramírez, Manuel Rivera Silva, Agustín Mercado Alarcón, José Rivera Pérez Campos, Rodolfo Chávez. José Castro Estrada, Gilberto Valenzuela, Agapito Pozo, Angel Carbajal, Mariano Ramírez Vázquez, Arturo Martínez Adame, Angel González de la Vega y presidente Alfonso Guzmán Neyra. Disidentes: Franco Carreño y Rafael Matos Escobedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 812735 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 812735 de la J. Penales SCJN?

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