PENALES

Artículo IUS 812756. CONDENA CONDICIONAL.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

CONDENA CONDICIONAL.

Es violatoria de garantías la sentencia que niega el beneficio de la condena condicional y condena al pago de la reparación del daño, no obstante que el Ministerio Público se conformó con el fallo de primera instancia que concedió el beneficio y absolvió del pago de la reparación.

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Registro digital (IUS): 812756

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1962; Pág. 33

Precedentes

Amparo directo 2464/62. Federico Hernández Tinoco. 31 de agosto de 1962. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega. Secretario: Fernando Ortega.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 812756 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 812756 de la J. Penales SCJN?

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