Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si un individuo, encontrándose en estado de ebriedad y desconociendo el manejo de una pistola automática, como lo manifestó después, saca esa arma encontrándose en un centro de reunión, como es un cabaret, y se produce en esos momentos un disparo, resultando herido por el proyectil uno de los parroquianos, existe en el caso el delito de lesiones, cometido por imprudencia, pues ambas circunstancias obligaban al acusado a haberse conducido con toda clase de precauciones, no pudiendo estimarse tal hecho como accidental, por consiguiente.
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Registro digital (IUS): 812801
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1943; Pág. 37
Amparo directo 4166/43. José Casanova Fernández. 6 de agosto de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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