Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si solamente el inculpado apela de la sentencia de primera instancia, el tribunal de alzada no puede aumentar la pena porque el recurso interpuesto, en cuanto defensa suya, sólo puede tener por objeto el de que se le absuelva o, por lo menos, que se le disminuya la pena, pero no que se le aumente.
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Registro digital (IUS): 813734
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1955; Pág. 61
Amparo directo 3525/53. Pascual Rivera. 8 de febrero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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