Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si bien es cierto que el juzgador está investido de la facultad decisoria en la aplicación de las sanciones, sin embargo, se consideran violadas las normas legales reguladoras de su arbitrio si impone una sanción próxima a la máxima sin fundamentar la individualización de la misma.
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Registro digital (IUS): 813737
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1955; Pág. 61
Amparo directo 518/54. Adolfo y Luis Potenciano Acosta. 30 de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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